Disomnia 2: la psicología, ¿profesión regulada?

Cómo reconocer tu título de psicología en Italia y no convertirte en psicótico en el intento

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Hoy descubriremos si la psicología es una profesión regulada o no y profundizaremos sobre la diferencia entre homologación, reconocimiento, equivalencia y equipolencia. Lo que veremos hoy puede resultarte un poco denso pero es crucial para no perdernos en el camino. Empecemos…

Si tuviste la oportunidad de echar un ojo al enlace del Ministerio de Educación que citábamos en el artículo anterior,  es posible que te hayas quedado pensando qué significará eso de:

La profesión tiene que estar regulada según la Directiva 2005/36/CE

y si tienes suficiente paciencia, como nuestra amiga Alicia, probablemente te habrás parado a leer toda la Directiva.

También es posible que no hayas tenido tiempo, que no entiendas muy bien de qué habla la Directiva o, simplemente, no te ha dado la gana de hacerlo. En cualquier caso, la parte de la Directiva 2005/36/CE que más nos interesa en este momento es el artículo 3, punto 1, letra a; o, en otras palabras,

A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:

«profesión regulada», la actividad o conjunto de actividades profesionales cuyo acceso, ejercicio o una de las modalidades de ejercicio están subordinados de manera directa o indirecta, en virtud de disposiciones legales, reglamentarias o administrativas, a la posesión de determinadas cualificaciones profesionales; en particular, se considerará modalidad de ejercicio el empleo de un título profesional limitado por disposiciones legales, reglamentarias o administrativas a quien posea una determinada cualificación profesional.

En resumen, la profesión de psicólogo está regulada porque hace falta cursar unos estudios específicos para poder ejercerla. Y eso sucede tanto en España como en Italia.

¡Fantástico! Ya tenemos las cosas un poco más claras… ¿Y ahora qué?

Pues resulta que en Italia no es lo mismo il riconoscimento, l’equipollenza e l’equivalenza y, a veces, cuando vas a pedir información sobre el reconocimiento del título a algún ente público, puede ser que te pregunten: ma Lei parla dell’equipollenza? y a tí todo esto te suena más a física que a psicología. Intentemos explicarlo brevemente:

  • Riconoscimento (reconocimiento): ya lo vimos aquí.
  • Equipollenza (equipolencia): es el procedimiento que determina la equivalencia de un título de estudio conseguido en el extranjero con uno italiano.
  • Equivalenza (equivalencia): es lo que te piden en las convocatorias de la mayor parte de las oposiciones de entes públicos en Italia para poder ser admitido en las mismas, sin que tengas que tener un título italiano.

L’equipollenza, por tanto, estaría más relacionada con la homologación de tu título que con el reconocimiento. L’equivalenza, sin embargo, estaría directamente relacionada con el ejercicio de la profesión de psicólogo en Italia, en un ente público, sin que hayas pedido ningún tipo de reconocimiento u homologación. En cualquier caso, son trámites que no nos interesan.

Ahora empieza lo verdaderamente interesante:

El Ministerio de Educación, una vez llegados a este punto, te dice un montón de cosas interesantes y, al mismo tiempo, no te dice nada concreto:

Reconocimiento profesional según la directiva 2005/36/CE

1. Este procedimiento se aplica a profesiones reguladas en otros países de la UE, EEE o Suiza

2. Finalidad: acceso al ejercicio de la profesión en el país de acogida.

3. Solicitud: Hay que contactar con la autoridad competente del país de acogida (dependiendo de la profesión). Las autoridades competentes vienen en la base de datos online de la Comisión Europea.

4. Si no aparece cuál es la autoridad competente, hay que dirigirse al punto de contacto de la Directiva en el país de acogida.

5. Si la profesión para la que solicita el reconocimiento según la Directiva 2005/36/CE también estuviera regulada en España, uno de los requisitos que suele pedirse por parte del país de acogida es la presentación de una ACREDITACIÓN que indique que puede ejercerse una profesión regulada en España. Solicitud:

  • Títulos universitarios: Ministerio de Educación (más información).
  • Títulos no universitarios: Comunidades autónomas.

Analicemos paso a paso cada uno de los puntos:

1. Este procedimiento se aplica a profesiones reguladas en otros países de la UE, EEE o Suiza. Este punto ya lo vimos antes, continuemos…

2. Finalidad: acceso al ejercicio de la profesión en el país de acogida. Este punto lo vimos en el capítulo anterior de la guía. Sigamos…

3. Solicitud: Hay que contactar con la autoridad competente del país de acogida (dependiendo de la profesión). Las autoridades competentes vienen en la base de datos online de la Comisión Europea.

attenzione2 La base de datos online de la Comisión Europea no se actualiza automáticamente y, a menudo, los Ministerios llevan a cabo una serie de cambios que no se reflejan en la base de datos. No perdáis tiempo.

En este caso, la autoridad competente para el reconocimiento del título de Psicología en Italia es el Ministero della Salute (Ministerio de la Salud) y, afortunadamente, la sección que hace referencia al reconocimiento del título está perfectamente actualizada. En concreto, podéis echar un vistazo aquí. Cómo gestionar la documentación (recopilarla, traducirla, etc.) lo veremos en otros capítulos de la guía.

5. Si la profesión para la que solicita el reconocimiento según la Directiva 2005/36/CE también estuviera regulada en España, uno de los requisitos que suele pedirse por parte del país de acogida es la presentación de una ACREDITACIÓN que indique que puede ejercerse una profesión regulada en España.

¡Buenas noticias! Obtener esta acreditación es FÁCIL y RÁPIDO. Lo veremos en próximos capítulos de la guía.

Enlaces que te pueden ser de utilidad si quieres profundizar en el tema:


Actualización a 2018. Este artículo se publicó por primera vez en junio de 2013. Desde ese momento, he recibido un goteo interminable de dudas, consultas, inquietudes y peticiones de orientación y ayuda sobre casuísticas particulares. A todos y todas aquellos/as que confiaron en mi criterio, solo puedo decir GRACIAS. Gracias por confiar en lo que aparece en todas y cada una de estas ‘disomnias’ y gracias por animaros a escribirme para decirme: “gracias, veo la luz al final del túnel”. Si eres una de estas personas y crees que esto debería seguir manteniéndose, te animo a colaborar con una donación. Para hacer tu donación, solo tienes que pulsar aquí, Paypal hará el resto 🙂 Gracias por seguir leyéndome.

4 thoughts on “Disomnia 2: la psicología, ¿profesión regulada?

  1. chano says:

    Hay profesiones reguladas en España que son “no universitarias”, no seamos dogmáticos, reflejadas en el Real Decreto 1837/2008 y que deben ser tratadas igual según la directiva 2005/36 CE pues el ámbito de cualificación es superior, esto no solo pertenece a la universidad en europa. Si lo teneis dificil los psicólogos, ni te cuento cuando se trata de explicar carreras no universitarias como las artísticas por ejemplo y el colmo de los colmos cuando tienes titulaciones antiguas, calvario total e incomprensión

    • rotero says:

      ¡Hola Chano!

      Estamos de acuerdo.

      No he entendido muy bien de dónde sale el dogmatismo pero coincido contigo en que “profesión regulada” no es igual que “universitaria”. De hecho, conozco tantísima gente que no ha terminado una carrera universitaria, que tiene un título de FP (mi padre, por no ir más lejos) y que, trabajando toda la vida bajo el título de “profesión regulada” (el albañil te arregla las tuberías, el mecánico que te arregla el coche y el cocinero que te hace de comer cuando vas al restaurante) son personas auténticas e increíblemente brillantes.

      Como decimos en Italia, peccato! Pecado que otras disciplinas (como las artísticas que señalas) no lo tengan fácil en ningún sentido. Y pecado porque son precisamente estas disciplinas las que hablan de lo que nos hace humanos: sentir, saber, curiosear, vivir.

      Rosa

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